La ley es clara: cómo afecta una deportación previa a futuras solicitudes migratorias
Una deportación previa de Estados Unidos puede afectar el historial migratorio de una persona incluso años después de su salida. La ley establece distintos períodos de inadmisibilidad para quie...
Una deportación previa de Estados Unidos puede afectar el historial migratorio de una persona incluso años después de su salida. La ley establece distintos períodos de inadmisibilidad para quienes fueron removidos o salieron de ese país mientras tenían una orden de remoción pendiente. También existen consecuencias para quienes acumularon presencia ilegal o regresaron sin la autorización correspondiente.
Qué pasa después de una deportación, según la ley de EE.UU.La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) contempla distintos períodos de inadmisibilidad para las personas previamente removidas. En determinados procedimientos de remoción iniciados al llegar a EE.UU. puede aplicarse un período de cinco años. Para otras personas que fueron removidas o que salieron del país mientras tenían una orden de remoción pendiente, el plazo general es de 10 años.
El período puede extenderse a 20 años en caso de una segunda o posterior remoción. Además, la ley establece una inadmisibilidad permanente en casos en los que existe una condena por un delito grave agravado, conocido en la legislación estadounidense como aggravated felony.
A estos plazos pueden sumarse otras causales. Por ejemplo, una persona que acumuló determinados períodos de ilegalidad antes de salir de EE.UU. puede quedar sujeta a un período adicional de inadmisibilidad de tres o 10 años, según el tiempo acumulado y las circunstancias previstas por la ley.
Cómo afecta una deportación a una nueva solicitud migratoriaUna deportación anterior puede ser relevante al solicitar nuevamente una visa, una residencia permanente u otro beneficio migratorio. El Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) señala que una solicitud de visa puede ser rechazada cuando el solicitante tiene en su historial alguna de las causales de inadmisibilidad previstas por la legislación.
Por eso, una nueva petición familiar o el paso de algunos años no elimina automáticamente el antecedente migratorio. Antes de presentar una solicitud, es necesario revisar la orden de remoción, la fecha y forma de salida, los eventuales reingresos y cualquier otra causal de inadmisibilidad que pueda aplicarse.
La consecuencia tampoco es igual en todos los casos. El historial de entradas y salidas, la existencia de más de una remoción, los antecedentes penales y la forma en que se produjo un eventual reingreso pueden modificar el análisis.
Cuándo puede ser necesario el Formulario I-212En determinados casos, una persona que fue deportada o removida puede necesitar obtener permiso para volver a solicitar admisión antes de poder ser admitida legalmente en EE.UU. durante el período de inadmisibilidad aplicable.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), utiliza el Formulario I-212 para solicitar ese consentimiento en los casos contemplados por la ley.
Las instrucciones de Uscis señalan que el requisito puede aplicarse a personas comprendidas en determinadas causales de inadmisibilidad de INA 212(a)(9)(A), incluidos ciertos casos de remoción y de salida mientras existía una orden de remoción pendiente.
Los períodos contemplados son de cinco, 10 o 20 años, según el supuesto, y pueden existir consecuencias permanentes en determinados casos de aggravated felony.
Cabe destacar que el I-212 no elimina automáticamente otras causales de inadmisibilidad. Además, el Uscis indica que, si una persona ya permaneció fuera de EE.UU. durante todo el período de inadmisibilidad aplicable, en determinados casos ya no necesita presentar este formulario.
Qué ocurre si vuelve a entrar sin autorización a EE.UU.La situación puede ser más grave cuando una persona que fue deportada o removida regresa, intenta regresar o es encontrada en EE.UU. sin la autorización requerida.
El 8 U.S.C. 1326 establece sanciones penales para determinados reingresos después de una deportación, exclusión o remoción. La pena máxima general es de dos años de prisión, una multa o ambas.
El máximo puede aumentar a 10 años cuando la remoción se produjo después de determinadas condenas, incluidas tres o más condenas por ciertos delitos menores relacionados con drogas o contra las personas, o una condena por un delito grave que no sea un aggravated felony.
En los casos en que la remoción ocurrió después de una condena por un aggravated felony, el máximo puede llegar a 20 años.
Además, una persona que vuelve a EE.UU. después de una remoción previa puede quedar sujeta a la reinstalación de la orden de remoción anterior en los supuestos previstos por la legislación migratoria.
Qué revisar después de una deportación previaAntes de presentar una nueva solicitud migratoria o intentar regresar a EE.UU., conviene revisar:
La fecha de la deportación o remoción.El tipo de orden emitida.La forma en que la persona salió del país.Si hubo más de una deportación o remoción.Si volvió a ingresar después de la salida.Si obtuvo alguna autorización posterior.La existencia de antecedentes penales.Los períodos de presencia ilegal acumulados antes de la salida.Las posibles causales adicionales de inadmisibilidad.