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¿Quién protege a la Constitución de los malos políticos?

La Argentina tiene una curiosa capacidad para producir coincidencias inesperadas. Dirigentes que durante años se presentaron como adversarios irreconciliables descubren súbitamente puntos de cont...

La Argentina tiene una curiosa capacidad para producir coincidencias inesperadas. Dirigentes que durante años se presentaron como adversarios irreconciliables descubren súbitamente puntos de contacto cuando determinadas circunstancias políticas así lo aconsejan. Como suele decirse en el mundo anglosajón, la política produce extraños compañeros de cama.

Los recientes debates acerca de la condena judicial de Cristina Kirchner ofrecen un ejemplo particularmente ilustrativo. Desde sectores tradicionalmente identificados con la izquierda, se ha sostenido que la solución a la situación de la expresidenta debe ser “política” y no judicial. Por el contrario, en sectores históricamente ubicados en posiciones muy diferentes, se ha llegado incluso a proponer que el Congreso intervenga para dejar sin efecto una decisión adoptada por los tribunales.

Más allá de las diferencias de lenguaje, ambas posiciones comparten un mismo presupuesto: la idea de que una sentencia firme puede ser revisada, neutralizada o corregida por los órganos políticos cuando sus consecuencias resultan inconvenientes. Y allí aparece un problema mucho más grave que cualquier disputa partidaria.

Las constituciones modernas fueron concebidas precisamente para evitar que los poderes del Estado invadieran las competencias de los otros. Los jueces juzgan. Los legisladores legislan. Los gobernantes administran. El sistema puede funcionar mejor o peor, pero el principio de división de poderes constituye una de las garantías esenciales de la libertad de los ciudadanos.

Por esa razón resulta sorprendente observar cómo dirigentes que suelen reivindicar los valores republicanos ‒al menos de la boca para afuera‒ aceptan con naturalidad propuestas que implican una abierta interferencia política en decisiones judiciales.

Si el Congreso puede dejar sin efecto una sentencia porque considera que el caso tiene relevancia institucional, ¿qué principio impediría que mañana hiciera lo mismo respecto de cualquier otra decisión judicial que resultara políticamente incómoda?

La pregunta no se refiere a Cristina Kirchner. Se refiere a todos los ciudadanos. Las garantías constitucionales no fueron concebidas para proteger únicamente a quienes nos resultan simpáticos. Fueron creadas precisamente para proteger a quienes, en cada momento histórico, se encuentran en una posición desfavorable frente al poder.

Cuando la política comienza a corregir sentencias, ya no estamos discutiendo el destino de una persona. Estamos discutiendo la vigencia misma del Estado de Derecho

Nuestra historia reciente ofrece ejemplos que deberían invitarnos a la reflexión. Basta recordar la reacción política que siguió al fallo Muiña de la Corte Suprema, por el cual se permitió la aplicación del cómputo del 2x1 a un condenado por delitos de lesa humanidad. En cuestión de días ‒en lo que constituyó todo un récord para la habitual morosidad de diputados y senadores‒, el Congreso sancionó una ley destinada a neutralizar los efectos de una correcta interpretación judicial que había generado un amplio rechazo social y político. Más allá de la opinión que cada uno pueda tener sobre aquella decisión, el episodio puso de manifiesto una tendencia recurrente de nuestra cultura institucional: la dificultad para aceptar que los tribunales puedan adoptar soluciones jurídicas impopulares sin que la política sienta la necesidad de intervenir inmediatamente para corregirlas.

La seguridad jurídica consiste, entre otras cosas, en saber que las reglas del juego no serán modificadas después de que el partido haya terminado. Sin embargo, nuestra historia institucional registra numerosos episodios en los que decisiones judiciales, principios consolidados o situaciones jurídicas ya establecidas fueron alterados por mayorías políticas circunstanciales. Cada una de esas intervenciones pudo parecer razonable para quienes las promovían. El resultado acumulado, sin embargo, ha sido una persistente sensación de precariedad institucional.

Cuando las soluciones jurídicas pueden ser modificadas por conveniencias políticas coyunturales, el derecho deja de funcionar como un sistema de reglas previsibles y comienza a parecerse a un instrumento sometido a las necesidades del momento.

La proximidad de las elecciones ayuda a explicar muchas cosas. Los dirigentes buscan aliados, construyen coaliciones y exploran puntos de coincidencia donde antes solo había diferencias. Es una conducta comprensible. La política democrática funciona, en buena medida, mediante acuerdos. Lo preocupante es cuando esos acuerdos se construyen a costa de principios que deberían permanecer fuera de negociación. La independencia judicial es uno de ellos.

Quienes hoy celebran la posibilidad de que la política intervenga sobre las decisiones de los jueces deberían preguntarse si estarían igualmente satisfechos cuando esa misma herramienta sea utilizada por sus adversarios.

Las instituciones se deterioran precisamente de ese modo: no mediante grandes rupturas, sino a través de pequeñas excepciones que siempre parecen justificadas por las urgencias del presente.

La República no exige que todos compartan las decisiones de los jueces. Exige algo más difícil: aceptar que, una vez dictadas conforme a los procedimientos constitucionales, las sentencias solo pueden ser revisadas por los mecanismos previstos por el propio derecho y no por las conveniencias cambiantes de la política partidaria. Porque cuando la política comienza a corregir sentencias, ya no estamos discutiendo el destino de una persona. Estamos discutiendo la vigencia misma del Estado de Derecho.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/editoriales/quien-protege-a-la-constitucion-de-los-politicos-nid28062026/

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